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ABOGADOS EN TEMAS MIGRATORIOS

ESTANCIAS

PORROGA DE ESTANCIA

1. Expedición de tarjeta de residente por renovación. Aplicable al titular de una tarjeta de residente temporal o tarjeta de residente permanente que pretenda renovar su documento por vencimiento.

2. Expedición de tarjeta de visitante por ampliación.



CAMBIAR CONDICIÓN DE ESTANCIA

El cambio de condición de estancia, tiene las siguientes modalidades:



CANJEAR O REPONER DOCUMENTO MIGRATORIO



OBTENER PERMISO PARA TRABAJAR

Aplicable a los extranjeros que tengan como objetivo residir temporal o definitivamente para trabajar con alguna empresa o persona física con actividad empresarial; es posible obtener con la autorización del Instituto Nacional de Migración para realizar actividades lucrativas, siempre y cuando estan sean lícitas y honestas.



NOTIFICAR CAMBIOS (RESIDENTES TEMPORALES O PERMANENTES)

Los extranjeros inscritos en el Registro Nacional de Extranjeros (extranjeros con calidad de Residente Temporal o Permanente están obligados a informar al Instituto Nacional de Migración de sus cambios de nacionalidad, estado civil, domicilio y actividades, dentro de los treinta días posteriores al cambio.



REGULARIZAR SITUACIÓN MIGRATORIA



REGULARIZAR SITUACIÓN MIGRATORIA

Inicia programa temporal de Regularización Migratoria 2015

Este programa está dirigido a todos aquellos extranjeros que han hecho de México su lugar de estancia permanente, pero que debido a diversas circunstancias no han podido regularizar su estancia en nuestro país.

Los extranjeros que deseen vivir y formar parte de la vida nacional de México, recibirán a través del Programa Temporal de Regularización Migratoria la condición de estancia de residente temporal mediante un documento migratorio que tendrá validez de cuatro años.

Entre otros beneficios que les otorgará, se encuentra el libre tránsito por nuestro país, la posibilidad de emplearse de manera legal, el derecho a la preservación de la unidad familiar, así como contar con los mismos derechos y obligaciones que tiene un ciudadano mexicano.

Para poder ser elegible a dicho programa, los extranjeros deberán estar exentos de antecedentes o procesos judiciales, no deberán tener trámites migratorios pendientes de resolución, ni contar con alertas migratorias a su nombre.

OBTENER PERMISO DE SALIDA Y REGRESO

Aplicable a los extranjeros acrediten una condición de estancia para salir del país y regresar a él. El permiso de salida y regreso únicamente puede emitirse cuando estamos en un trámite pendiente de resolución por la autoridad migratoria.



OBTENER CERTIFICADO DE CONDICIÓN DE ESTANCIA

La solicitud de la condición de estancia de Residente Permanente, puede realizarse si el extranjero acredita vínculo familiar con mexicanos o residentes permanentes en México; si se es extranjero con más de cuatro años como residente temporal en México; o por oferta de empleo.